Se trata de Alejandro Martín Romero de 22 años, quien le asestó alrededor de 20 puñaladas. De la investigación realizada por la fiscal Florencia Schiappa Pietra se desprende que la hija –menor de edad– de la víctima fatal presenció el homicidio. A su vez, quedó descartada la hipótesis de un femicidio vinculado.
Un hombre de 22 años identificado como Alejandro Martín Romero fue condenado a 17 años de prisión por la autoría del homicidio de Osmar Cazorla cometido en 2020 en Venado Tuerto. Así fue resuelto esta mañana por un tribunal integrado por el juez Leandro Martín y las juezas Silvina Marinucci y Lorena Garini en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos.
La fiscal que realizó la investigación que permitió arribar a la condena fue Florencia Schiappa Pietra.
El condenado reconoció su responsabilidad en el hecho investigado y, junto con su abogada defensora, prestaron su conformidad con lo resuelto. Por su parte, la familia de Cazorla también se manifestó de acuerdo con la calificación legal atribuida, la pena impuesta y la realización del juicio de procedimientos abreviados.
20 heridas cortantes
El homicidio fue cometido en horas del mediodía del viernes 18 de diciembre de 2020 en la vivienda de Cazorla, ubicada en calle Maxwell al 800.
La fiscal del MPA aclaró que “Romero estaba de novio con la hija –menor de edad– de Cazorla. De algunas testimoniales y de las pericias realizadas en los teléfonos celulares se desprende que el condenado cometió el homicidio porque Cazorla no le permitía a su hija que tuviera una relación sentimental con él”.
“Romero utilizó un arma blanca para consumar el ilícito. Le provocó alrededor de 20 heridas cortantes en distintas partes del cuerpo a Cazorla, entre ellas, una en el cuello que fue la que le terminó generando la muerte en el lugar del ataque”, precisó Schiappa Pietra.
“A sabiendas del horario en el que llegaría la víctima, el condenado estaba escondido en el baño de la casa, lugar en el que se inició el ataque”, puntualizó la fiscal.
“Cazorla intentó defenderse y escapar, y se trasladó hacia el ingreso de la casa. Romero lo siguió y continuó asestándole puñaladas en el cuello hasta que logró quitarle la vida”, indicó la funcionaria del MPA.
Pruebas
“Logramos gran cantidad de pruebas que permitieron confirmar la hipótesis de la Fiscalía”, valoró Schiappa Pietra. “Se realizaron estudios de ADN en prendas secuestradas a Romero, en una cortina de la casa en la que fue cometido el homicidio y en muestras de sangre del condenado, de la víctima y de su hija. Se peritaron teléfonos celulares; se analizaron cámaras de seguridad de la vía pública y se tomaron gran cantidad de testimoniales. Asimismo, se realizaron pruebas de luminol, que demostraron que fueron limpiadas manchas de sangre que había en distintos sectores de la casa”, enumeró la fiscal.
Schiappa Pietra también destacó que “estas pruebas nos permitieron confirmar no solo que Romero fue el autor material del hecho, sino también que cometió el homicidio en presencia de la hija de Cazorla”. En relación a ella, la fiscal recordó que “como era menor de edad, su situación procesal tramitó en la Justicia de Menores”.
“Las pericias telefónicas realizadas en los celulares secuestrados y los testimonios de la gran cantidad de personas entrevistadas dan cuenta de que la hija de Romero sabía con anterioridad lo que pasaría”, subrayó Schiappa Pietra. “Ella misma ya le había dicho a una testigo que la ayude a matar a su padre”, añadió la fiscal y concluyó que “quedó descartada la hipótesis del femicidio vinculado, es decir, quedó demostrado que Romero no cometió el homicidio para provocarle dolor a la hija de Cazorla”.
Monto de la pena
Schiappa Pietra también se refirió al monto de la pena impuesta a Romero. “Él sabía que estaba dando muerte al progenitor de su novia, lo cual aumenta la reprochabilidad del autor y permite despegar el monto del mínimo establecido en el Código Penal”, sostuvo la fiscal.
En relación al modo de comisión del hecho, Schiappa Pietra argumentó que “la conducta extremadamente violenta con la que Romero llevó a cabo su cometido también habilita a una mayor reprochabilidad. Si bien no es suficiente para dar por cumplidos presupuestos para agravar la calificación penal, sí permiten ponderar y justificar el monto de la pena escogida”.
La pena impuesta a Romero es de cumplimiento efectivo. A raíz de que luego de cometer el ilícito contrajo una enfermedad muy grave, cumplirá la condena de forma domiciliaria hasta tanto se revierta esa situación. “El diagnóstico fue corroborado por la información aportada por la Defensa y por lo establecido por los médicos forenses”, advirtió la fiscal. No obstante, finalizó que “una vez que cese esa situación de salud del condenado, deberá ser alojado en dependencias del servicio penitenciario provincial”.