Ante los múltiples allanamientos ordenandos por el Juzgado Federal de Venado Tuerto en fecha 09/08/18, en el marco de investigaciones realizadas en el Barrio Juan XXIII de esta ciudad, el Ejecutivo Municipal, hace públicas sus felicitaciones al magistrado a cargo, Dr. Aurelio Cuello Murua y al Fiscal, Dr. Javier Arzubi Calvo; como así también a todo el personal del poder judicial bajo su órbita.
Asimismo, reconoce especialmente a los miembros de la Policía Federal de la subdelegación Venado Tuerto, quienes a través de un trabajo de varias jornadas, con profesionalismo y compromiso, han llevado a cabo una tarea fundamental para erradicar la venta de estupefacientes de uno de los barrios más vulnerables de nuestra ciudad.
Hoy, todos somos testigos de los frutos de una larga y seria gestión para la apertura del Juzgado Federal de la ciudad de Venado Tuerto, la cual se ve potenciada con el compromiso de todos los venadenses que aportan datos a través del Buzón de la Vida.
Invitamos a todos los actores involucrados a continuar construyendo en conjunto, con seriedad y respeto, una ciudad más segura para todos los venadenses.
LOS ALLANAMIENTOS
El día jueves 9 de agosto del corriente en horas de la tarde personal de la Subdelegación Venado Tuerto de la Policía Federal Argentina (P.F.A.) realizó cuatro (4) allanamientos en domicilios ubicados en el barrio Juan XXIII de esta ciudad por orden de este Juzgado Federal de Venado Tuerto en el marco de dos(2) causas radicadas ante el Tribunal por delitos previstos en la ley de estupefacientes (ley 23.737).
Ambos procesos penales se iniciaron a partir de denuncias y fueron delegados en la Fiscalía quien luego del resultado de tareas de inteligencia e investigación encomendadas a la P.F.A.. solicitaron las requisas antes mencionadas, a partir de las cuales se procedió al secuestro de sesenta y cinco (65) envoltorios con clorhidrato de cocaina, un arma de fuego y dinero en efectivo, como así también a la detención de cinco (5) personas.
Por su parte, en el día de la fecha viernes 10 de agosto, a las 17:00 hs -esto es, dentro del plazo dispuesto por el art. 294 del C.P.P.N.- se recibieron las correspondientes declaraciones indagatorias de los imputados -oportunidad en la cual se brinda la posibilidad de ejercer su defensa material- en las que fueron asistidos por la Defensora Pública Oficial, quedando luego detenidos.
Finalmente es dable señalar que la causa seguirá su curso y se resolverá la situación procesal de los imputados en el plazo ordenatorio de diez (10) días (art. 306 C.P.P.N.), atento al delito que les fuere atribuido: tenencia de estupefacientes con fines de comercio agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlos (arts. 5 inc. c y 11 inc. c. de la ley 23.737) en el marco de una de las causas, y comercialización de estupetacientes (art. 5 inc. c de la ley 23.737) en la restante.