Seis policías de Firmat habían sido condenados por torturar a un joven sin antecentes penales que los llevó a juicio. Apelaron, perdieron y volvieron a apelar: ahora un tribunal cambió la sentencia y les rebajó la pena por "el beneficio de la duda".
En un fallo dividido, la Cámara Penal revocó la figura de "imposición de torturas" que el año pasado condenó a seis policías a penas de más de 8 años de prisión; y ratificó la sentencia anterior -a 4 y 3 años- por apremios ilegales. Los jueces Javier Beltramone y José Luis Mascali no validaron el relato de la víctima por el hecho ocurrido en Firmat, al entender que era contradictorio, y apelaron al beneficio de la duda. Por su parte, la jueza Georgina Depetris entendió que no hay motivo para que la víctima haya declarado algo que no sucedió, durante la detención ilegal de junio de 2013. La querella insistirá con un recurso de insconstitucionalidad.
En primera instancia el comisario Edgardo Alé fue sentenciado por apremios ilegales y falsedad ideológica a la pena de 4 años de prisión; mientras que Matías Busto, José Sotelo, Alejandro Copetti, Juan José Zanel y Walter Aguiar recibieron sentencia de 3 años y 3 meses, por apremios ilegales agravados (fallo avalado ayer). Sin embargo, en julio pasado, los camaristas Daniel Acosta, Alfredo Ivaldi Artacho y Carina Lurati habían hecho lugar al planteo de los querellantes Adrián Ruiz y José Ferrara, de incorporar la figura de tortura, y resolvieron condenar a Alé a la pena de 8 años y medio de prisión e inhabilitación perpetua; y a Sotelo, Aguiar, Busto, Copetti y Zanel a la pena de 8 años.
La defensa de los imputados presentó un recurso de apelación horizontal, para que otros magistrados de la Alzada revisaran aquel cambio de calificación. Así, la causa llegó nuevamente a audiencia en Rosario, días atrás. Fiscalía y querellantes relataron que el sábado 29 de junio de 2013, por la tarde, la víctima iba en bicicleta cuando dos de los policías lo abordaron y lo subieron a un móvil para llevarlo a la comisaría 13ª de aquella ciudad, por averiguación de antecedentes. Con la participación del comisario Ale, llevaron a Alexis al patio de la seccional y comenzaron las vejaciones: "Lo hicieron desnudar, lo golpearon, lo obligaron a tragar agua de una manguera hasta el vómito, le sacaron los cordones de las zapatillas y los usaron para atar dos cables pelados a un palo de escoba y picanearlo. Mientras tanto le exigían que dijera quién robaba las placas del cementerio", relataron los querellantes en aquel momento.
Para Beltramone, el relato del joven no fue creíble. "No se estableció con certeza que los hechos denunciados hubieren ocurrido como la víctima reseña", dijo. Y consideró que el relato presentó contradicciones, como nombrar a un policía como uno de los que lo trasladó hasta el patio, cuando la madre de otro preso planteó que estaba con ella. También reprochó que no le hayan quedado secuelas del paso de corriente por su cuerpo o de la manguera que -según dijo la víctima‑ le obligaron a llevarse a la boca; y de que esa misma noche el chico fuera a un cumpleaños para hacer la denuncia dos días después.
A diferencia de sus colegas, la jueza Depetris coincidió con los camaristas que aceptaron la calificación de torturas -el año pasado-, al preguntar por qué mentiría la víctima. "Basta las creíbles amenazas sobre los hechos exhibiendo el elemento idóneo (de picaneo) para generar el terror y padecimiento, en un contexto donde se encontraba sometido por seis personas que lo agredían, desnudo", señaló.
"Fue terrible. El que estuvo preso fui yo", dijo Alexis M. a este diario, en la audiencia del año pasado. El muchacho no tiene antecedentes penales y nunca había entrado a una comisaría. "Lo amenazaron con empalarlo, juntó fuerzas, se soltó y saltó un paredón hacia la casa de una vecina que lo asistió y le dio algo de ropa. Dos días después pudo hacer la denuncia", remarcaron sus abogados.
Cuando la causa volvió a la cámara, semanas atrás, el querellante José Ferrara pidió la confirmación del fallo que validó la figura de las torturas y celebró que la provincia de Santa Fe haya adoptado una resolución "ejemplar", ya que fue "la única sentencia sobre torturas, cuando son conductas más que habituales". Pese a ello, el fallo que se validó solo habla de apremios y falsedades y reduce a la mitad la pena de los acusados.
Fuente: Rosario 12