Así lo resolvieron por unanimidad los jueces Aldo Baravalle, Mauricio Clavero y Adrián Godoy en un juicio oral y público que se llevó a cabo en los tribunales de Melincué. La madre de las víctimas tiene 45 años y cometió los delitos junto con otro de sus hijos, a quien se le impusieron 10 años de prisión en un juicio en el que se abreviaron los procedimientos. El fiscal que estuvo a cargo de la investigación es Matías Merlo.
Una mujer de 45 años fue condenada a 18 años de prisión como autora de delitos contra la integridad sexual de sus propios hijos menores de edad cometidos en Firmat. Así lo dispuso por unanimidad un tribunal integrado por los jueces Aldo Baravalle, Mauricio Clavero y Adrián Godoy en un juicio oral y público realizado en los tribunales de Melincué.
El fiscal Matías Merlo estuvo a cargo de la investigación y representó al MPA en el debate. Según informó, “la condenada llevó a cabo su accionar delictivo junto con otro de sus hijos, quien tiene 21 años y fue penado con 10 años de prisión en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos”.
Niños
Merlo planteó que “durante tres años, entre 2016 y 2019, dos niños que son hermanos entre sí fueron abusados por su madre y otro hermano”. Al respecto, precisó que “cuando comenzaron los padecimientos, una de las víctimas transitaba el jardín de infantes y la otra, la escuela primaria”.
El representante del MPA afirmó que “los hechos ilícitos tuvieron lugar en una vivienda en la que convivía el grupo familiar”. En tal sentido, remarcó que “ocurrieron en reiteradas oportunidades en las que los hijos más pequeños de la condenada no estaban en condiciones de defenderse o recibir ayuda”.
“En el marco de la investigación, las dos personas atacadas fueron entrevistadas en cámara Gesell y brindaron relatos contundentes de las conductas que eran obligadas a realizar y observar”, valoró Merlo.
Asimismo, aseguró que “los abusos fueron cometidos con la intención de alterar el normal y progresivo desarrollo sexual de las víctimas y tuvieron entidad suficiente para generar consecuencias negativas en su salud física y psicológica”.
El fiscal hizo hincapié en el contexto en el que sucedieron los hechos y remarcó que “el tribunal del juicio oral explicitó que ‘razonablemente puede considerarse que afecta más la psiquis de un niño de corta edad la agresión de quien él supone está predispuesto en su vida para cuidarlo que la de personas extrañas’”.
Delitos
A la mujer de 45 años se le atribuyó la autoría de abuso sexual con acceso carnal agravado (por ser ascendiente de las víctimas y porque el ilícito fue cometido por dos personas en perjuicio de menores de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente). A su vez, se le endilgó el delito de facilitamiento y promoción a la corrupción de menores agravado (por ser ascendiente y porque las víctimas eran menores de 13 años).
Por otro lado, el hombre que fue condenado en un juicio de procedimientos abreviados reconoció su responsabilidad penal como autor de abuso sexual con acceso carnal; de abuso sexual gravemente ultrajante; y de corrupción de menores agravada. La pena fue impuesta por el juez Eduardo Bianchini.
“Dadas las calificaciones penales de los hechos delictivos, el tribunal ordenó que se realicen los exámenes genéticos correspondientes para la inscripción de las dos personas juzgadas en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual”, destacó Merlo.
Identidad
En relación a la identidad de los condenados, el fiscal manifestó que “las iniciales de la mujer son LRDVL y el hombre es identificado como Nehuem Naim Giménez”, y aclaró que “no brindamos el nombre completo de la madre de los niños abusados para evitar que sean revictimizados, ya que comparten el apellido”.