El Senador Lisandro Enrico se refirió al caso de Chiara Paez. Vale recordar que la Corte Suprema anuló el falló contra el asesino Mansilla. Ahora el femicida deberá ser juzgado como menor de edad y en los próximos meses podrá pedir salidas transitorias.
A continuación el comunicado de Enrico.
CASO CHIARA PAEZ: OTRO GOLPE A LA SOCIEDAD
El femicidio de Chiara Paez fue un delito aberrante. Que haya sido cometido por una persona menor de edad (17 años) no debería implicar que la justicia, a través de la Corte Suprema de #Justica de Santa Fe, le descuente la pena que merece un homicida.
El fallo de la Corte Suprema santafesina rebaja la pena de un homicida por razón de su edad, prioriza la situación del que delinque en desmedro de la víctima, de sus familiares y de la sociedad toda.
Un cambio en la Justicia
La justicia no puede seguir funcionando de este modo ante la sociedad. No se puede seguir utilizando el antecedente de un fallo de la Corte Suprema de la Nación (que no deja de ser una sentencia más) para rebajar automáticamente las penas que la ley establece para personas menores de 18 años que cometen delitos aberrantes que estremecen a la sociedad.
Ninguna ley argentina, tampoco ningún tratado internacional en el mundo prohíben la aplicación de la pena que la ley establece para un menor de edad por más alta que esta sea. Las leyes son claras en cuanto a las penas por femicidios u homicidios agravados. La única limitación que establece la Convención Internacional de los Derechos del Niño es la posibilidad de otorgar la excarcelación ante la prisión perpetua (art. 37 inc. b); fuera de ello, ni el mencionado Tratado Internacional, ni el Código Penal, ni la ley de menores (22.748) impiden aplicar la pena que corresponde por tratarse de un menor de edad.
Las consecuencias de una justicia garantista
El fallo de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, escrito por el Juez Daniel Erbetta (votado por todos los jueces menos uno) sigue el lineamiento y la mirada tan particular sobre beneficiar al menor que delinque del ex Juez Eugenio Zaffaroni, cuando era miembro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Se trató de un caso en el que se estableció, para una sentencia a un menor que robó y mató (famoso caso “Maldonado”), que la pena correspondiente debía reducirse entre un 33% y un 50% porque el delincuente no tenía 18 años.
Y ese fallo es tomado con mansedumbre por la mayoría de los jueces y juezas, como si la Argentina fuera un país del Common Law en el que los jueces deben seguir el mismo fallo y no pueden cambiar la interpretación de la ley en función del sentir de la sociedad que es a quien deben escuchar.
Corresponde destacar la buena actuación tanto del Juez Javier Prado como del Fiscal de Cámara Fernado Palmolelli en establecer una condena adecuada al delito y en dictar una sentencia, en el caso del Juez, basada en los hecho y en la ley y no en seguidismo de posturas garantistas que hoy cansaron a los argentinos.
Mucho garantismo, mucho vivir de espaldas a la sociedad Argentina por parte de la justicia penal. La sociedad clama por la modernización, por el aggiornamiento de la justicia al pedido del pueblo ante los delitos aberrantes.